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11. Privacidad y ética en humanoides: cámaras, datos biométricos y riesgos reales

La rápida adopción de robots humanoides en diversos ámbitos –desde el cuidado en el hogar hasta la logística industrial– ha puesto en primer plano un debate crítico: la privacidad y ética en humanoides. Estos robots, con su capacidad para interactuar en entornos humanos, incorporan cámaras, micrófonos y sensores biométricos que recopilan ingentes cantidades de datos personales.

 

ética en humanoides
Ética en humanoides

 

Este flujo constante de información, si no se gestiona con rigor, puede suponer riesgos reales de vigilancia, uso indebido de datos o incluso decisiones autónomas problemáticas. Este artículo profundiza en estos desafíos, examina el marco normativo (RGPD, ISO, Ley de IA de la UE) y propone medidas prácticas de mitigación para asegurar que la innovación robótica se desarrolle con respeto a los derechos fundamentales.

 

Humanoides, Ética y Privacidad: ¿Por qué Importan?

 

Los humanoides son máquinas diseñadas para operar en entornos construidos para personas, imitando su forma de interacción. Esta semejanza facilita su integración, pero también magnifica el impacto ético de sus acciones. Al comportarse «como humanos», esperamos de ellos un respeto intrínseco a nuestras normas sociales y legales.

  • Privacidad: Los humanoides actúan como recolectores de datos móviles. Sus cámaras, micrófonos y sensores biométricos (ej. reconocimiento facial o de voz) están constantemente captando información de quienes los rodean. Un robot asistente doméstico podría grabar conversaciones privadas, o un robot de servicio en una oficina podría identificar y perfilar a los empleados. Sin garantías técnicas y legales (como el consentimiento o la anonimización), este flujo de información vulnera la intimidad, un derecho fundamental consagrado, por ejemplo, en el Artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y reforzado por el RGPD.
  • Ética: La ética en la robótica aborda la toma de decisiones alineada con valores humanos y la prevención de daños. Un robot autónomo opera con algoritmos que priorizan acciones. Si estos algoritmos contienen sesgos (ej. entrenados con datos que discriminan ciertos grupos demográficos), el robot podría prestar un servicio desigual o injusto. La ética exige que el humanoide actúe de forma segura, predecible y que sus decisiones sean explicables y responsables.

 

Riesgos Reales de Cámaras y Sensores

 

Los riesgos que presentan los humanoides no son hipotéticos. Ya existen incidentes documentados que evidencian problemas de privacidad y ciberseguridad con dispositivos inteligentes, y los humanoides, por su complejidad, multiplican estos riesgos.

 

Cámaras y Vigilancia

 

Las cámaras son los «ojos» del robot, esenciales para la navegación y la interacción, pero también son la principal herramienta de vigilancia.

  • Vigilancia Encubierta y Laboral: Un robot con cámara en un espacio compartido (oficina o fábrica) puede filmar continuamente a los trabajadores. Si esta vigilancia es excesiva o no informada, viola la privacidad laboral. Un humanoide no puede ser una excusa para eludir las regulaciones sobre videovigilancia en el trabajo, que exigen proporcionalidad y conocimiento por parte del empleado.
  • Reconocimiento Facial Masivo: Algunos humanoides integran software de reconocimiento facial. El uso generalizado de esta tecnología para identificar a cada individuo en un espacio abierto podría interpretarse como vigilancia masiva. El RGPD trata los datos biométricos de identificación como una categoría especial y la Ley de IA (AI Act) de la UE propone prohibir prácticas como el reconocimiento facial en tiempo real en espacios públicos con fines de vigilancia (salvo excepciones muy limitadas y justificadas).
  • Filtración de Imágenes Sensibles: Si los datos de video captados por el robot no se almacenan con el debido cifrado y control de acceso, pueden ser vulnerados. Un ejemplo real con robots aspiradores demostró cómo grabaciones privadas en hogares acabaron filtradas. En el caso de un humanoide, con capacidades de movimiento y captura superiores, el riesgo es aún mayor, pudiendo ser hackeado y usado para espiar o acosar.

 

Datos Biométricos y Reconocimiento Facial

 

Los datos biométricos son rasgos únicos (rostro, voz, huella) usados para identificar o autenticar.

  • Identificación Sin Consentimiento: El uso de reconocimiento facial para personalizar la interacción (ej. saludar por el nombre) requiere, bajo el RGPD, el consentimiento explícito e informado. Escanear caras en una tienda o en la calle sin que las personas hayan consentido es, en la práctica, un procesamiento ilegal en la mayoría de los casos.
  • Perfilado y Seguimiento: Incluso sin identificar por nombre, el robot puede rastrear a un individuo mediante sus rasgos biométricos, construyendo un perfil detallado de su movimiento y comportamiento. Esto roza la vigilancia personalizada.
  • Seguridad de las Plantillas Biométricas: Si las plantillas faciales o de voz son robadas, el individuo podría ser suplantado. A diferencia de una contraseña, estos datos no se pueden cambiar. Por ello, su almacenamiento requiere cifrado fuerte y la localización del procesamiento (ej. realizar la autenticación en el propio robot sin enviar la plantilla a la nube).

 

Micrófonos y Grabación de Audio

 

Los micrófonos hacen del robot un «oidor» constante del entorno.

  • Escucha No Deseada: Un micrófono siempre abierto puede captar conversaciones privadas o confidenciales. Si este audio se graba o se envía a servidores para «mejorar el reconocimiento de voz» (como ha ocurrido con altavoces inteligentes), se compromete la confidencialidad.
  • Detección de Emociones: El análisis del tono de voz para inferir emociones (estrés, enfado) se considera un tratamiento de datos psicológicos sensibles. Si el robot almacena un registro auditivo del entorno, actúa como un sistema de vigilancia auditiva intrusiva.
  • Riesgo Legal: En muchos países, grabar conversaciones privadas sin el conocimiento de los participantes puede ser ilegal. El diseño del robot debe asegurar que la captación de audio esté limitada a lo estrictamente necesario (ej. solo tras una palabra de activación).

 

Decisiones Autónomas en Espacios Compartidos

 

El software de Inteligencia Artificial (IA) que rige las decisiones del humanoide en un entorno compartido plantea importantes dilemas éticos.

  • Decisiones Erróneas con Impacto Humano: Un error de navegación o de reconocimiento puede invadir el espacio personal, causar un accidente físico (abordado por estándares como ISO/TS 15066) o llevar a una decisión incorrecta (ej. un robot de cuidados que no asiste ante una emergencia por un fallo algorítmico). La ética algorítmica exige que, ante la duda, el robot dé prioridad a la seguridad y tenga un «humano en el bucle» para situaciones críticas.
  • Falta de Transparencia y Sesgos: La opacidad de muchos algoritmos de IA dificulta entender por qué un robot tomó una decisión. Si el humanoide actúa de forma discriminatoria (ej. debido a sesgos de género o raza heredados de los datos de entrenamiento), la falta de Explicabilidad (XAI) impide detectar y corregir el problema. Esto socava la confianza y la equidad.
  • Desplazamiento de Responsabilidades: La sobreconfianza en la autonomía del robot puede llevar a la delegación de tareas críticas. Si el robot causa daño, surge el vacío legal: ¿Quién es responsable? El diseñador, el operador, o el propio robot. La ética robótica sitúa la responsabilidad última en el ser humano, pero el marco legal en desarrollo busca clarificar esta cadena.

 

Normativas y Estándares Relevantes (RGPD, ISO, Comisión Europea)

 

El desarrollo de humanoides está guiado por un ecosistema de regulaciones y estándares:

 

Normativa / EstándarÁmbito PrincipalAplicación Clave a Humanoides
RGPD (UE)Protección de Datos PersonalesBase legal (ej. consentimiento) para recoger datos (imágenes, audio, biometría). Obligación de minimización de datos, transparencia y seguridad (cifrado). Exige Evaluaciones de Impacto en Privacidad (DPIA) para sistemas de alto riesgo.
ISO/IEC 22989:2022Conceptos y Terminología de IAEstablece el vocabulario estandarizado para la ética, fiabilidad, sesgos y transparencia de los sistemas de IA. Facilita la documentación y la auditoría.
ISO/TS 15066:2016Seguridad de Robots ColaborativosSe centra en la seguridad física en entornos industriales (cobots). Limita la fuerza y potencia del robot para evitar lesiones en contacto con humanos (principio ético de no maleficencia).
Ley de IA (AI Act) (Propuesta UE)Regulación de Sistemas de IAPropone una clasificación de riesgo: sistemas de alto riesgo (ej. salud, seguridad) deben cumplir requisitos estrictos. Prohíbe ciertas prácticas de vigilancia biométrica masiva.
Directrices Éticas (UE)Principios Éticos de IA FiableEstablece 7 requisitos, entre ellos: Supervisión Humana, Robustez y Seguridad, Gestión de la Privacidad y Rendición de Cuentas (Accountability).

 

Este marco normativo deja claro que un humanoide debe ser privado por defecto, seguro físicamente y ético en sus decisiones.

 

Riesgos: Entornos Domésticos vs. Industriales

 

El contexto operacional define la prioridad de los riesgos:

 

Ámbito Doméstico (Hogares, Cuidado)

 

En este entorno, la intimidad personal es la preocupación central.

 

Riesgo ClaveEjemploPrioridad de Mitigación
Vigilancia del HogarCámaras y micrófonos que graban conversaciones y rutinas íntimas.Privacidad por Diseño: Desactivación por defecto, controles de hardware (cubiertas de lente), almacenamiento local y cifrado.
Datos SensiblesRecopilación de hábitos diarios, datos de salud o emocionales de personas vulnerables.Consentimiento Informado (de tutores si aplica) y Minimización de Datos: el robot solo debe procesar los datos estrictamente necesarios para su función.
CiberseguridadHackeo del robot para acceder a las vistas/audio del hogar.Defensa en Profundidad: Autenticación robusta, actualizaciones de seguridad constantes, redes seguras.

 

Ámbito Industrial (Fábricas, Almacenes)

 

Aquí se prioriza la seguridad física, la confidencialidad corporativa y la privacidad laboral.

 

Riesgo ClaveEjemploPrioridad de Mitigación
Seguridad FísicaColisiones o impactos con trabajadores humanos (Cobots).Cumplimiento ISO/TS 15066: Limitación de fuerza y velocidad, sistemas de parada de emergencia.
Privacidad de EmpleadosUso de cámaras para supervisar o perfilar el desempeño de los trabajadores sin justificación o información legal.Regulación Laboral y RGPD: Justificación del propósito de la vigilancia y uso de la herramienta menos intrusiva. Prohibición de uso para reconocimiento biométrico de control.
Confidencialidad CorporativaGrabación de secretos comerciales o prototipos de la empresa.Acuerdos Contractuales con el fabricante sobre propiedad y tratamiento de los datos. Procesamiento en el borde (Edge Computing) para no enviar información sensible a la nube.

 

Medidas de Mitigación y Buenas Prácticas

 

La implementación ética de humanoides exige un enfoque proactivo desde las fases iniciales de diseño hasta su despliegue final.

 

Privacidad y Seguridad desde el Diseño (P&S by Design)

 

Estos principios, consagrados en el RGPD, deben ser el núcleo de la ingeniería robótica:

 

  1. Minimización y Anonimización: Diseñar el robot para que solo recopile el mínimo de datos personales necesarios. Usar técnicas de anonimización o seudonimización (ej. difuminar caras o voces) para que los datos no puedan vincularse a un individuo, si la función del robot lo permite.
  2. Procesamiento en el Borde (Edge Computing): Realizar el procesamiento de datos sensibles (ej. reconocimiento facial o comandos de voz) dentro del propio robot o en servidores locales, evitando enviarlos a la nube del fabricante. Esto reduce drásticamente el riesgo de interceptación y filtración.
  3. Cifrado y Hardening: Implementar cifrado fuerte para todos los datos almacenados y en tránsito. Un hardware hardening (refuerzo del hardware del robot) debe asegurar que las vulnerabilidades de seguridad cibernética sean mínimas.

 

Transparencia y Explicabilidad (XAI)

 

La confianza se construye sobre el conocimiento de lo que hace el robot:

 

  • Indicadores de Estado: El robot debe mostrar indicadores visibles y audibles de que está grabando audio o video (ej. una luz de grabación siempre encendida cuando la cámara está activa).
  • Políticas Claras: Proveer una Política de Privacidad que explique en lenguaje sencillo qué datos se recogen, cómo se procesan, quién es el responsable del tratamiento y cómo se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación y supresión (derechos ARS/ARCO).
  • Explicabilidad Algorítmica (XAI): Cuando la decisión de un robot es crítica (ej. rechazar una solicitud de asistencia), el sistema debe poder proveer una explicación comprensible de por qué tomó esa acción.

 

Mecanismos de Control del Usuario

 

El usuario final debe tener el control último sobre la recopilación de sus datos:

 

  • Interruptores Físicos: Incluir interruptores de hardware para desactivar completamente cámaras y micrófonos. El usuario debe poder «apagar los sentidos» del robot cuando desee intimidad.
  • Zonas Vetadas: Programar el robot para que reconozca «zonas de privacidad» (ej. baños, dormitorios) a las que no accederá o en las que activará automáticamente la privacidad total (ej. desenfoque de video y no-grabación de audio).
  • Consentimiento Granular: Ofrecer opciones claras y modulares para el consentimiento (ej. «Permitir solo reconocimiento facial para autenticación, pero no para seguimiento comercial»).

 

Comparativa de Riesgos y Mitigación

 

Riesgo EspecíficoEntorno TípicoImpacto Legal/ÉticoMedida de Mitigación Clave
Vigilancia No ConsensuadaDoméstico, OficinaViolación del RGPD y derecho a la intimidad.Interruptores físicos, luces indicadoras, Privacy by Design.
Uso de Biometría sin Base LegalComercial, PúblicoViolación de datos sensibles (RGPD).Anonimización / Procesamiento en el Borde. Consentimiento Explícito.
Accidentes Físicos (Cobots)IndustrialIncumplimiento de seguridad laboral (ISO/TS 15066).Evaluación de Riesgos de la tarea. Limitación de fuerza y velocidad.
Sesgo AlgorítmicoTodosDiscriminación, decisiones injustas.Auditoría del set de datos de entrenamiento. Transparencia (XAI).

 

Checklist de Evaluación Ética y Privacidad

 

Antes de desplegar o adquirir un robot humanoide, la siguiente lista puede servir como guía de evaluación:

  1. Consentimiento: ¿Se recoge consentimiento libre, específico, informado e inequívoco para cada uso de datos personales (especialmente biometría)?
  2. Minimización: ¿El robot recopila solo los datos estrictamente necesarios para su función principal?
  3. Almacenamiento: ¿Los datos sensibles se almacenan cifrados y, de ser posible, localmente (Edge), o se envían a la nube del proveedor?
  4. Control: ¿El usuario tiene un interruptor de hardware para desactivar cámaras/micrófonos y definir zonas de exclusión?
  5. Transparencia: ¿El robot indica claramente cuándo está grabando o activo (luces, sonido)? ¿Existe una política de privacidad clara?
  6. Seguridad: ¿El robot cumple con los estándares de ciberseguridad para prevenir hackeos? ¿Se realizan actualizaciones regulares de firmware?
  7. Responsabilidad: En caso de daño o error autónomo, ¿están claros los protocolos y la cadena de responsabilidad (operador, fabricante)?
  8. Sesgos: ¿Se ha auditado el algoritmo para detectar y mitigar posibles sesgos de discriminación?

 

Los robots humanoides representan una frontera tecnológica con el potencial de transformar la industria, la asistencia y la vida cotidiana. Sin embargo, su capacidad para imitar e interactuar con el ser humano, potenciada por sus sensores de cámaras, micrófonos y biometría, conlleva una carga ética y legal que no puede ser ignorada.

El riesgo de vigilancia silenciosa, el uso indebido de datos sensibles y el desafío de la responsabilidad algorítmica son cuestiones reales que exigen acción inmediata. Normativas como el RGPD y los estándares de seguridad como ISO/TS 15066, junto con las futuras directrices de la Ley de IA de la UE, han sentado las bases, pero el verdadero éxito dependerá de la implementación rigurosa de principios de Privacidad y Seguridad desde el Diseño (P&S by Design).

La clave está en construir confianza. Esto se logra dotando a los humanoides de transparencia (saber qué están captando y por qué), de control (dar al usuario la capacidad de apagar sus «sentidos»), y de ética algorítmica (asegurando que sus decisiones sean justas y no sesgadas).

Solo adoptando un enfoque antropocéntrico, donde la dignidad, la seguridad y la privacidad humana sean los criterios de diseño más importantes, podremos cosechar los beneficios de la robótica humanoide sin sacrificar nuestros derechos fundamentales. El futuro de la robótica debe ser inteligente, pero sobre todo, responsable.

 

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No, en el marco legal actual (2025), la mayoría de las jurisdicciones (incluida la UE) no otorgan personalidad jurídica a los robots. La responsabilidad legal final por las acciones de un robot recae en el fabricante (por defectos de diseño) o el operador/usuario (por uso indebido o falta de supervisión). La idea de «personalidad jurídica electrónica» fue debatida en el Parlamento Europeo, pero no se ha implementado.

El propietario/operador del robot sigue siendo el responsable del tratamiento de los datos personales (RGPD). La normativa exige que el responsable tome medidas razonables para informar a los terceros (ej. carteles en el hogar o la oficina que indiquen la presencia de un robot con capacidad de grabación). Si la grabación es en un espacio privado con expectativa de intimidad (ej. una casa), el robot no debería grabar al tercero sin su consentimiento informado, lo que es un desafío logístico que subraya la necesidad de controles de apagado y zonas vetadas.

Depende del fin y la jurisdicción. Bajo el RGPD, el reconocimiento facial para identificar a una persona (p.ej. para saber su nombre y preferencias) es un tratamiento de datos biométricos, lo cual está prohibido salvo que se cuente con una base legal sólida, siendo la más común el consentimiento explícito del individuo. En espacios públicos o abiertos (como una tienda), obtener consentimiento explícito de cada persona que entra es inviable. Por lo tanto, en Europa, su uso es muy limitado y solo justificable en entornos controlados y con bases legales claras (ej. seguridad de un área restringida con empleados que han consentido).

Un robot en sí mismo no puede “cumplir” leyes, ya que la responsabilidad legal recae en las personas o entidades detrás de él (fabricantes, desarrolladores, propietarios, operadores). Sin embargo, sí podemos y debemos diseñar el robot para que facilite el cumplimiento del RGPD. Por ejemplo, incorporando funciones de consentimiento, anonimizando datos y permitiendo la gestión de información por parte del usuario. El operador (quien despliega el robot) tiene la responsabilidad de configurar esas opciones adecuadamente y de informar a las personas cuyos datos puedan ser procesados por el robot. En síntesis: la carga legal es del humano/empresa, pero un buen diseño ético del humanoide hará que cumplir con normativas como RGPD sea mucho más sencillo y automático.

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